Marcial Administrador
Registrado: 10 Oct 2006 Mensajes: 403 Ubicación: A Coruña
  
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Publicado: Mar Abr 24, 2007 12:58 pm Título del mensaje: A bici no tren ou ferrocarril |
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Pego aquí a normativa de RENFE en materia de bicicletas nos seus trens:
Se permitirá el acceso de bicicletas en los siguientes trenes:
- Trenes de Larga Distancia que tengan oferta de plazas acostadas (litera y/o coches cama. )(Ver condiciones más abajo).
- En todos los trenes de Media Distancia excepto trd. (ver condiciones más abajo).
- En los trenes de Cercanías. Consulte horarios según los núcleos (Ver condiciones más abajo).
Condiciones de admisión en trenes de Larga Distancia
Se permitirá el acceso de bicicletas en los trenes de Larga Distancia que tengan oferta de plazas acostadas (literia y/o coche cama).
En coche cama, ya sea material convencional o Trenhotel, sólo será posible la admisión de bicicletas cuando se adquiera el departamento en la modalidad familiar, es decir, constituyendo un grupo todos los viajeros que ocupen el departamento.
Como norma general sólo se admitirá una bicicleta por viajero, con un máximo de dos bicicletas por departamento.
Las bicicletas deberán estar previamente embaladas en bolsas para bicicletas diseñadas al efecto, con los pedales desmontados y el manillar girado 90º.
La carga, custodia y descarga de las bicicletas serán efectuadas por sus portadores.
Renfe no se hace responsable de los posibles deperfectos o pérdidas.
Condiciones de admisión en trenes de Media Distancia
Sólo se admitirá una bicicleta por viajero
El viajero portador de la bicicleta deberá estar en posesión de un título de transporte válido y no abonará cantidad alguna por este servicio.
Viajeros aislados: Las bicicletas de estos viajeros se admitirán siempre que la ocupación del tren lo permita
Viajeros en grupo: Los grupos de viajeros con más de tres bicicletas tendrán que ser autorizados previamente, debiendo ir acompañados de la correspondiente autorización establecida al efecto.
La carga, custodia y descarga de las bicicletas serán efectuadas por sus portadores. RENFE no se hará responsable de los posibles desperfectos o pérdidas que puedan sufrir las mismas durante el trayecto.
NORMAS ESPECIALES PARA EL TRANSPORTE DE BICICLETAS EN LOS TRAYECTOS:
Madrid-Jaén, Madrid-Albacete y Sevilla-Cádiz
Para los trenes de Media Distancia que circulen en los trayectos citados, cuyo origen y destino se encuentra dentro de los mismos.
No se admiten bicicletas:
Viernes y vísperas de festivo, a partir de las 13:00 horas.
Domingos y festivos.
LOS PORTADORES DE BICICLETAS DEBERÁN MANTENER EN TODO MOMENTO EL CUIDADO DEBIDO, PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD Y COMODIDAD DE LOS DEMÁS VIAJEROS, SIENDO RESPONSABLES DE LOS POSIBLES DAÑOS QUE SE PUDIERAN PRODUCIR TANTO DEL TREN COMO A TERCEROS.
Condiciones de Adminisión en trenes de Cercanías
Una bicicleta por viajero
El viajero portador de la bicicleta deberá estar en posesión de un título de transporte válido y no abonará cantidad alguna por este servicio
La carga, custodia y descarga de las bicicletas serán efectuadas por sus propietarios
Las bicicletas serán transportadas en los furgones de los trenes autorizados, y si no dispusieran de furgón, en las plataformas o espacios de acceso.
Fonte: Bicicletas a bordo de los trenes
Non sei que experiencias teredes a este respecto. Podédeas comentar aquí. Tampouco sei en qué afectará a nova normativa europea sobre bicicletas en trenes, haberá que estar atentos a isto. |
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